Guía inmobiliaria: Diccionario inmobiliario

lunes, 6 de febrero de 2012

Diccionario inmobiliario

Licencia de edificación y cédula urbanística

La licencia de edificación es una cuestión previa para la promoción de viviendas ya que es "condictio sine qua non" del desarrollo delDerecho inmobiliario.

Podríamos decir que la propiedad de un inmueble “no es libre” en nuestro derecho. No podemos hacer lo que nos de la gana, si queremos desarrollar una determinada actividad puede ser que no sea posible, si queremos construir en una parcela o finca puede que estemos limitados por la ordenanza urbanística.

Por eso, además de que el proyecto sea viable técnicamente el ayuntamiento donde se va a construir debe dar el visto bueno mediante este certificado, donde los técnicos del ayuntamiento comprueban que el proyecto está de acuerdo a las normas urbanísticas para ese solar en cuanto al uso y a la construcción.
Lo mismo pasa cuando queremos cambiar o modificar algo de una vivienda ya construida, tenemos que pedirle al ayuntamiento una licencia, en este caso de obras, para que nos autorice si el uso y los cambios están conformes con la normativa urbanística de nuestra zona.

Otro requisito es la cédula urbanística donde se establece la aprobación de la Administración local con arreglo a "Derecho" de la obra .

Es un certificado expedido por el ayuntamiento que confirma la legalidad de la construcción (licencia de obras, aprobación del proyecto, licencia de habitabilidad).

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